contratación de jóvenes sin experiencia

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 El Presidente Duque expidió un  decreto que reglamenta la contratación en todas las entidades públicas de jóvenes sin experiencia laboral


El Decreto 2365, del 26 de diciembre de 2019, el Gobierno Nacional cumple con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’ que busca la vinculación en las plantas de las entidades públicas de jóvenes entre 18 y 28 años con estudios y que no acrediten historial de empleo.


Para dar cumplimiento a esta nueva norma se  determinaron los siguientes parametros:
1. En la adopción o modificación de sus plantas de personal permanente o temporal, 10% de los nuevos empleos, no deberá exigir experiencia laboral para el nivel profesional, con el fin de viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.
2. Cuando se creen nuevos empleos en el nivel profesional de la Rama Ejecutiva del orden nacional, el parametro  1 se podrá cumplir a través de la creación de empleos hasta el grado 11 siempre que, en el respectivo manual de funciones y competencias laborales se permita acreditar la experiencia con las equivalencias consagradas en las normas que los reglamenten, modifiquen o sustituyan.
3. Para las entidades que cuentan con nomenclatura y escala salarial especial, el parametro 2 se podrá cumplir a través de empleos que exijan hasta 48 meses de experiencia, siempre que en el respectivo manual de funciones y competencias laborales de la entidad permita acreditar la experiencia con la equivalencia que contemplen sus normas especiales.
4. Cuando se presenten vacancias definitivas en los empleos de carrera administrativa, los cuales se vayan a proveer transitoriamente a través de nombramiento provisional, se deberá dar prelación a los jóvenes entre 18 y 28 años, que cumplan con los requisitos para su desempeño, siempre y cuando se haya agotado el derecho preferencial de encargo.
5. Cuando se vayan a proveer empleos de la planta temporal ya existentes, y se haya agotado el procedimiento establecido en los articulas 2.2.1.2.6 y 2.2.5.3.5 del Decreto 1 083 de 2015 respecto de su provisión, respectivamente, en condiciones de igualdad se deberá dar prelación a los jóvenes entre 18 y 28 años, que cumplan con los requisitos para su desempeño.
Así mismo, en este documento se dice que las entidades públicas “deberán adecuar sus manuales de funciones y competencias laborales para permitir el nombramiento de jóvenes entre los 18 y 28 años graduados y que no tengan experiencia, o para determinar las equivalencias que corresponda, siempre y cuando cumplan con los requisitos del cargo”.
Por último, se establece que, para el cumplimiento de esta norma, el Departamento Administrativo la Función Pública brindará la asesoría que las entidades requieran para la implementación del presente decreto.

Opinión
a nosotros los jovenes nos parece espectacular esta nueva norma ya que muchos salimos de estudiar nuestras carreras y no podemos conseguir trabajo por que nos exigen experiencia laboral pero donde vamos a conseguir experiencia sino nos dan trabajo entonces es una norma espectacular, nos estan teniendo en cuenta para el futuro de colombia.


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